{"id":4168,"date":"2026-03-15T16:44:14","date_gmt":"2026-03-15T20:44:14","guid":{"rendered":"https:\/\/elviajero.com.do\/?p=4168"},"modified":"2026-03-15T16:44:22","modified_gmt":"2026-03-15T20:44:22","slug":"aspectos-basicos-de-la-colision-entre-derechos-fundamentales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/2026\/03\/15\/aspectos-basicos-de-la-colision-entre-derechos-fundamentales\/","title":{"rendered":"Aspectos b\u00e1sicos de la colisi\u00f3n entre derechos fundamentales"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por Jos\u00e9 Alejandro Vargas<\/p>\n<p>Si bien se ha dado por supuesta la existencia de conflictos entre derechos fundamentales, en realidad la doctrina, como frecuentemente ocurre con las teor\u00edas o conceptualizaciones de orden jur\u00eddico, no est\u00e1 de acuerdo en que los derechos fundamentales puedan ser limitados. De hecho, las posiciones encontradas han generado al menos dos teor\u00edas relevantes, a saber: la teor\u00eda de los l\u00edmites internos y la de los l\u00edmites externos.<\/p>\n<p><em>La teor\u00eda de los l\u00edmites internos o del contenido propio de los derechos fundamentales. <\/em>Esta teor\u00eda surge a partir de la expansi\u00f3n de las constituciones escrita y r\u00edgidas, en virtud de las cuales se establece su supremac\u00eda normativa, \u201ca partir del neoconstitucionalismo como tendencia doctrinal. En este sentido, las constituciones que consagran derechos fundamentales se fundamentan en la dignidad de la persona\u201d (Aldunate Lizana, 2010, p\u00e1g. 79) como de hecho definen el pre\u00e1mbulo y los art\u00edculos 3, 5, 7, 8 y 38 de la Constituci\u00f3n dominicana de 2010, as\u00ed como en la imposibilidad de admitir la restricci\u00f3n de estos derechos fundamentales.<\/p>\n<p>En consecuencia, presupuesta su existencia constitucional, los derechos fundamentales no pueden restringirse excepto en el caso en que ellos mismos lo admitan (de all\u00ed que esta teor\u00eda se denomine <em>de limitaci\u00f3n interna<\/em>), pero tales limitaciones solo pueden hacerse constar en la propia Constituci\u00f3n que los crea, sin que ning\u00fan otro componente del sistema, ni siquiera por ponderaci\u00f3n, pueda limitarlos o desaplicarlos.<\/p>\n<p>Un ejemplo de tal clase de limitaciones ser\u00eda, por ejemplo, el derecho de propiedad: es de car\u00e1cter fundamental, pero tiene una finalidad social (art. 51 de la Carta Magna), de manera que en ciertos casos si esta finalidad lo exigiera, pudiera limitarse. Entonces, para quienes admiten la teor\u00eda de los l\u00edmites internos el test de la proporcionalidad tal como lo propone Robert Alexy \u201caltera el sentido original de los derechos fundamentales como derechos inalienables e irreductibles\u201d (De Domingo P., 2018), constituyendo el fundamento del ordenamiento constitucional y, por tanto, admitir la posibilidad de que puedan ser reducidos, restringidos o anulados por el juez resultar\u00eda una incoherencia.<\/p>\n<p>De posturas como la referida se deriva la convicci\u00f3n de que en realidad no pueden existir colisiones entre derechos fundamentales: lo que se plantea como colisi\u00f3n de derechos fundamentales u otros bienes constitucionales es, en realidad (seg\u00fan quienes defienden la teor\u00eda de la limitaci\u00f3n interna) un problema de delimitaci\u00f3n de los contenidos de tales derechos, casu\u00edsticamente confrontados en lo formal, pero no en lo fundamental o b\u00e1sico.<\/p>\n<p>De esta forma la teor\u00eda de la limitaci\u00f3n interna supone que los derechos fundamentales pueden verse confrontados, pero solo en apariencia: al evaluar con detenimiento cada derecho, se determinar\u00e1 sin duda que cada uno tiene sus l\u00edmites propios o internos, su finalidad esencial, de manera que su vigencia y defensa no colide con la de otros derechos fundamentales sino solo plantea, en tal caso, incongruencia, nunca incompatibilidad. Este ser\u00eda el sentido en el que debe interpretarse la redacci\u00f3n del art\u00edculo 74.1 de la Constituci\u00f3n, al disponer que los derechos fundamentales no tienen car\u00e1cter limitativo y \u201cno excluyen otros derechos y garant\u00edas de igual naturaleza\u201d.<\/p>\n<p>Esta l\u00f3gica discursiva y anal\u00edtica lleva a ciertos autores a asumir que los derechos fundamentales \u201cson reconocidos en conjunto\u201d (Castillo C., 2008), de manera que solo en conjunto pueden ser aplicados o defendidos: cuando se deba interpretar o determinar qu\u00e9 derecho ha de aplicarse, el juez no podr\u00eda limitarse solo al texto, sino que \u201cdeber\u00e1 comprobar la finalidad a la que est\u00e1 vinculada el derecho fundamental. Es lo que se conoce como <em>interpretaci\u00f3n teleol\u00f3gica<\/em>\u201d.<\/p>\n<p><em>Teor\u00eda de los l\u00edmites externos al contenido de derechos fundamentales. <\/em>Contrariamente a la anterior, esta teor\u00eda no niega que el texto de las constituciones determine las pautas para la determinaci\u00f3n del contenido e interpretaci\u00f3n de los derechos fundamentales, pero insiste en que existen supuestos en los que el conflicto entre estos derechos es posible desde que su regulaci\u00f3n formal no es necesariamente sistem\u00e1tica y congruente.<\/p>\n<p>En otras palabras, la sola estructura de los derechos fundamentales se limita a prever o disponer una declaraci\u00f3n espec\u00edfica, de donde es admisible la posibilidad de que exista conflicto entre unos derechos y otros, no desde la \u00f3ptica de su naturaleza sino de la forma id\u00f3nea en la que debe entenderse y aplicarse a un caso espec\u00edfico. La realidad pr\u00e1ctica plantea supuestos de conflicto entre derechos fundamentales, de donde surge la necesidad impostergable de contar con un instrumento o mecanismo que permita lograr la identificaci\u00f3n de la finalidad a proteger y del derecho a aplicar para lograr la vigencia de la dignidad humana. Este instrumento o mecanismo se ha identificado con el test de proporcionalidad de Robert Alexy.<\/p>\n<p>Si bien por caminos diferentes, lo cierto es que estas teor\u00edas de limitaci\u00f3n interna y externa de derechos fundamentales, \u00e9stos han de visualizarse como <em>mandatos de optimizaci\u00f3n<\/em>, de manera que su contenido siempre deba realizarse en la mayor medida que sea posible, de acuerdo con las posibilidades jur\u00eddicas y f\u00e1cticas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; Por Jos\u00e9 Alejandro Vargas Si bien se ha dado por supuesta la existencia de&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":4169,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[],"class_list":["post-4168","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-opiniones"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4168","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4168"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4168\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4170,"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4168\/revisions\/4170"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4169"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4168"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4168"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4168"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}