{"id":8463,"date":"2026-10-11T17:36:27","date_gmt":"2026-10-11T21:36:27","guid":{"rendered":"https:\/\/elviajero.com.do\/?p=8463"},"modified":"2026-10-11T17:36:27","modified_gmt":"2026-10-11T21:36:27","slug":"fundamento-teorico-de-la-responsabilidad-patrimonial-publica-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/2026\/10\/11\/fundamento-teorico-de-la-responsabilidad-patrimonial-publica-2\/","title":{"rendered":"Fundamento te\u00f3rico de la responsabilidad patrimonial p\u00fablica"},"content":{"rendered":"<p>Por Jos\u00e9 Alejandro Vargas<\/p>\n<p>En sus or\u00edgenes, la irresponsabilidad p\u00fablica respecto de los gobernados fue el principio generalmente aceptado; pero, a trav\u00e9s de la evoluci\u00f3n del Derecho Administrativo, se acept\u00f3 la responsabilidad tanto del Estado mismo como de sus funcionarios o agentes. Ello sigue el postulado establecido originalmente por Maurice Hauriou, para quien estudiar los sistemas de control jurisdiccional de la Administraci\u00f3n requiere referencias hist\u00f3ricas ajenas al Derecho Administrativo.<\/p>\n<p>Ello ocurre, sobre todo, con las alusiones al principio de legalidad, pues precisamente se trata del sometimiento de la Administraci\u00f3n al derecho, actualmente regido por los criterios del Estado Social y Democr\u00e1tico de Derecho, constitucionalmente consagrado, en nuestro caso, en el art\u00edculo 7 de la Carta Magna.<\/p>\n<p>La evoluci\u00f3n del Derecho Administrativo ha tra\u00eddo consigo la configuraci\u00f3n de un Estado responsable, de tal forma que pueda responder por los da\u00f1os ocasionados a los administrados o particulares. La concepci\u00f3n tradicional era la de la irresponsabilidad del Estado, tal como ocurr\u00eda en Francia, donde el Estado solo era responsable cuando actuaba en calidad de persona privada.<\/p>\n<p>As\u00ed las cosas, los da\u00f1os derivados del funcionamiento de los servicios p\u00fablicos eran vistos como riesgos a cargo de los administrados, obligados a correrlos a cambio de las ventajas que esos servicios les proporcionaban. A partir del caso Blanco se reconoce en Francia, aunque de forma restringida, la responsabilidad del Estado por el funcionamiento de los servicios p\u00fablicos, al establecerse jurisprudencialmente que la responsabilidad que puede incumbir al Estado no es ni general ni absoluta.<\/p>\n<p>Es a partir de ese caso cuando el Consejo de Estado franc\u00e9s desarrolla la teor\u00eda de la responsabilidad del Estado, acogida actualmente por la mayor\u00eda de los pa\u00edses. En virtud de tal afirmaci\u00f3n, se considera que, ciertamente, la sociedad debe soportar los riesgos de la actividad p\u00fablica, pues todos se benefician de la buena marcha de los servicios p\u00fablicos (M. Asprino).<\/p>\n<p>La actividad administrativa debe entenderse no solo como la actividad de cualquier instituci\u00f3n, sino, particularmente, como la actividad de la Administraci\u00f3n del Estado, [\u2026] \u201cen sentido material o sustancial, esto es, el c\u00famulo de aquello que la administraci\u00f3n realiza como su hacer esencial, y que llega a identificarse con la propia entidad que act\u00faa o con aquella entidad a la que tal actuaci\u00f3n es imputable.\u201d (H. De Santo).<\/p>\n<p>La esencia misma de la Administraci\u00f3n as\u00ed considerada es la de actuar para cuidar los intereses de los particulares, lo que presupone la globalidad de la acci\u00f3n en beneficio de los administrados y no del inter\u00e9s individual. Por tanto, se trata de actividades destinadas a satisfacer los derechos fundamentales dentro de un grupo organizado, atendiendo a un criterio de globalidad de los intereses tutelados, cuyo ejercicio supone una estructura org\u00e1nica necesaria.<\/p>\n<p>En este sentido, la Administraci\u00f3n presenta caracter\u00edsticas esenciales derivadas de la conciliaci\u00f3n entre el poder de una organizaci\u00f3n capaz de imponerse sobre la voluntad particular y la necesaria satisfacci\u00f3n de los intereses de la colectividad, protegiendo a la vez a los administrados mediante garant\u00edas suficientes de que no se lesionar\u00e1 el orden jur\u00eddico ni se incidir\u00e1 de forma ileg\u00edtima sobre la esfera particular. Estos criterios son los que definen el Estado Social y Democr\u00e1tico de Derecho.<\/p>\n<p>Indudablemente, la responsabilidad patrimonial del Estado forma parte de la evoluci\u00f3n de las relaciones entre el poder p\u00fablico o la Administraci\u00f3n y los gobernados o administrados. En gran medida, la noci\u00f3n de responsabilidad patrimonial del Estado y su consagraci\u00f3n en los sistemas jur\u00eddicos contempor\u00e1neos pueden ser vistas como una consecuencia directa del reconocimiento del Estado como persona jur\u00eddica comprometida con el Estado de Derecho y con el perfeccionamiento de la convivencia humana en sociedades democr\u00e1ticas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Jos\u00e9 Alejandro Vargas En sus or\u00edgenes, la irresponsabilidad p\u00fablica respecto de los gobernados fue&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":7930,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[],"class_list":["post-8463","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-opiniones"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8463","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8463"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8463\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8464,"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8463\/revisions\/8464"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/7930"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8463"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8463"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elviajero.com.do\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8463"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}