Santo Domingo.–RD
Lo que parecía un trámite rutinario terminó convirtiéndose en una denuncia pública sobre la manera en que el Estado dominicano trata a las personas mayores. El juez del Tribunal Constitucional, José Alejandro Vargas, al acudir el pasado viernes a renovar su licencia de conducir, se encontró con una realidad que, según afirmó, contradice los principios de igualdad establecidos en la Constitución.
El magistrado esperaba recibir una licencia con vigencia de cuatro años, como ocurre con la mayoría de los conductores dominicanos. Sin embargo, en las oficinas del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), le informaron que solo podía renovarla por dos años debido a que ya supera los 65 años de edad.
La situación no pasó inadvertida para Vargas, quien decidió expresar públicamente su inconformidad a través de la red social X en un mensaje titulado “Barriendo la dignidad de los envejecientes”.
Allí calificó la medida como discriminatoria y cuestionó que, en un Estado Social y Democrático de Derecho, la edad continúe siendo utilizada como criterio automático para limitar derechos administrativos.
“No sentí ningún enojo, aunque me frustró saber que en nuestro Estado Social y Democrático de Derecho no todos somos iguales ante la ley”, escribió el juez, al tiempo de recordar que el artículo 39 de la Constitución dominicana prohíbe expresamente la discriminación por motivos de edad.
El magistrado sostuvo además que el propio Tribunal Constitucional ha establecido en reiteradas ocasiones que el Estado no solo debe evitar actos discriminatorios contra las personas mayores, sino que también tiene el deber de ofrecerles una protección reforzada.
Para Vargas, el problema radica en que la normativa vigente convierte la edad en una presunción automática de incapacidad, sin tomar en cuenta las condiciones reales de cada conductor. “La edad no debe operar, por sí sola, como una presunción administrativa de incapacidad”, expresó.
Sus palabras reabrieron un debate que ya había llegado al Palacio Nacional meses atrás. En octubre de 2024, durante el encuentro semanal con la prensa encabezado por el presidente Luis Abinader, el mandatario reconoció que desconocía la existencia de la disposición que limita a dos años la renovación de licencias para mayores de 65 años.
En aquella ocasión, Abinader prometió corregir el artículo 21 del reglamento de licencias de conducir, el cual establece que las categorías 1, 2 y 5 tendrán una vigencia de cuatro años únicamente hasta que el titular cumpla los 65 años.
“Ni yo ni muchos de ustedes conocíamos la existencia de esa resolución y es bueno que se haya tratado, porque eso se va a corregir”, declaró entonces el jefe de Estado.
Sin embargo, más de un año después de aquel anuncio, la disposición continúa vigente y ha vuelto al centro de la discusión pública con la implementación de la nueva licencia de conducir.
La crítica del juez Vargas ha encontrado eco entre numerosos ciudadanos y sectores que consideran que la medida transmite el mensaje de que envejecer equivale automáticamente a perder capacidades, sin evaluaciones individuales ni criterios médicos específicos.
Mientras el debate crece, la controversia vuelve a poner sobre la mesa una interrogante incómoda para las autoridades: si la Constitución garantiza igualdad y prohíbe la discriminación por edad, ¿por qué una persona mayor, aun estando apta física y mentalmente para conducir, debe recibir un trato distinto solo por haber cumplido 65 años?
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