Santo Domingo, RD.–
El director ejecutivo del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), general retirado Juan Manuel Méndez, afirmó que esa institución acatará la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional la disposición que limitaba a dos años la renovación de las licencias de conducir para las personas mayores de 75 años.
Méndez explicó que, aunque hasta el momento la decisión del Tribunal Constitucional no le ha sido notificada oficialmente, una vez recibida será aplicada conforme establece el ordenamiento jurídico dominicano.
El funcionario sostuvo que para el INTRANT las decisiones emanadas de los órganos jurisdiccionales tienen carácter institucional y deben ser respetadas, por lo que descartó cualquier posibilidad de desconocer el fallo.
“Nosotros somos respetuosos de las leyes y de la Constitución de la República”, manifestó Méndez, al referirse a la decisión que deja sin efecto la disposición que establecía un período de renovación de dos años para los conductores de 75 años de edad en adelante.
La medida había generado cuestionamientos entre conductores de edad avanzada, quienes consideraban que la limitación establecía un trato diferenciado basado exclusivamente en la edad y les imponía renovaciones más frecuentes que al resto de los conductores.
Con la decisión del Tribunal Constitucional, el INTRANT deberá ajustar los procedimientos administrativos relacionados con la renovación de las licencias de conducir de este segmento de la población, conforme a los términos establecidos en la sentencia.
Méndez reiteró que la actual gestión del organismo procura actuar dentro del marco legal y constitucional, al tiempo que señaló que las disposiciones y procedimientos aplicados por el INTRANT deben estar sustentados en las normas vigentes.
El director del INTRANT indicó que, una vez la institución reciba formalmente la sentencia, se procederá a ejecutar las acciones correspondientes para garantizar su cumplimiento y adecuar los procesos de renovación de licencias a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional.
La decisión judicial pone así fin a una disposición que establecía una renovación de licencia cada dos años para los conductores de 75 años o más, un requisito que ahora deberá ser revisado por las autoridades de tránsito a la luz del fallo constitucional.
El funcionario insistió en que el INTRANT continuará actuando bajo el principio de respeto a la Constitución, las leyes y las decisiones de los tribunales, al considerar que el cumplimiento de esas disposiciones forma parte de la institucionalidad que debe regir las actuaciones de la administración pública.

