Santo Domingo, RD.–
El Tribunal Superior Electoral (TSE) se reservó el fallo sobre la demanda que busca la nulidad de la personería jurídica de 33 partidos y movimientos políticos que no alcanzaron el 1 % de los votos en las elecciones de 2024.
La acción fue presentada por el Proyecto Visión Nación (PVN) y el doctor José Cristopher Ramírez, quienes solicitan al tribunal ordenar a la Junta Central Electoral (JCE) aplicar las disposiciones del artículo 75 de la Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, respecto a las organizaciones que no alcanzaron el porcentaje mínimo de sufragios establecido por la legislación.
Luego de conocer el fondo del proceso, identificado con el expediente TSE-01-0021-2026, el Pleno del TSE concedió un plazo común de 10 días a las partes para que depositen sus escritos justificativos de conclusiones.
Una vez concluya ese plazo, el expediente quedará en estado de fallo reservado.
El tribunal estuvo integrado por su presidente, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, y los jueces titulares Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmán.
La Junta Central Electoral, que figura como parte accionada, solicitó al tribunal declarar inadmisible la demanda.
Las organizaciones políticas fueron puestas en causa a solicitud de la JCE y varias de ellas comparecieron ante el tribunal para exponer sus posiciones en torno al proceso.
Entre las organizaciones llamadas al proceso figuran el Partido Unidad Nacional (PUN), Justicia Social (JS), Alianza País (ALPAIS), Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSD), Partido Cívico Renovador (PCR), Generación de Servidores (GenS), MODA, Partido Humanista Dominicano (PHD), Alianza por la Democracia (APD), Primero La Gente (PPG), Esperanza Democrática (PED), Opción Democrática (OD), Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), Partido Liberal Reformista (PLR), Frente Amplio (FAMP), Partido Revolucionario Independiente (PRI), Partido de Acción Liberal (PAL), Partido Popular Cristiano (PPC), Partido Demócrata Popular (PDP) y Unión Demócrata Cristiana (UDC).
También fueron puestos en causa el Partido Verde Dominicano (PASOVE), Partido Socialista Cristiano (PSC), Partido Demócrata Institucional (PDI), Partido Nacional Voluntad Ciudadana (PNVC), Fuerza Nacional Progresista (FNP), Camino Nuevo (CN), Movimiento Independiente Unidad y Progreso (MIUP), Movimiento Comunitario Político Nosotros P’Cuando (MCNPC), Movimiento Político Águila (MA), Movimiento Humanista Independiente (MHI), Movimiento Confraternidad Dominicana (CCD) y Movimiento Independiente del Municipio de Consuelo (MINCO).
La decisión que adopte el TSE determinará el curso del proceso planteado por los accionantes respecto a la aplicación de las disposiciones legales sobre la conservación de la personería jurídica de las organizaciones políticas.
Declaran inadmisible amparo contra el PHD
En otra audiencia, el TSE declaró inadmisible una acción de amparo presentada contra el Partido Humanista Dominicano (PHD), Ramón Emilio Goris Taveras y la Comisión Electoral de la VII Convención Nacional Ordinaria de esa organización.
La acción había sido presentada el 10 de septiembre de 2026 por Loida Guzmán Santiago, Ana Lucía Santiago Collado, Alexandra Roque Tejada, Samuel Brito Guzmán, Randy Jhonnsos y otros accionantes.
El tribunal acogió el medio de inadmisión planteado por la parte accionada, al considerar que existe otra vía jurisdiccional para reclamar los derechos que los accionantes alegan vulnerados.
En su decisión, el TSE indicó que las actuaciones partidarias concretas pueden ser impugnadas mediante el procedimiento establecido en el artículo 12, numeral 2, de la Ley 39-25, y reglamentado por el artículo 95 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.
Prorrogan caso contra el PRM
En tanto, el Tribunal Superior Electoral concedió una prórroga para la comunicación recíproca de documentos dentro del expediente TSE-01-0024-2026, relacionado con una acción sobre la alegada falta de dirección municipal del Partido Revolucionario Moderno (PRM) en el municipio de Sabana Iglesia.
El Pleno otorgó a las partes un plazo único hasta el 2 de octubre de 2026 para depositar los documentos que consideren de interés para el proceso.
Asimismo, fijó para el 7 de octubre la próxima audiencia, quedando las partes debidamente citadas.
Como accionantes figuran Lenny Altagracia Vargas Plasencia, Andrés Mane de la Rosa y Santiago Felipe Rodríguez, mientras que como accionados aparecen el PRM y la Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI).

