Iniciativa de Migración permite levantar más de 56 mil impedimentos de salida sin sustento judicial

Santo Domingo, RD.—

La eliminación de más de 56 mil impedimentos de salida del país que carecían de sustento judicial, dispuesta por la Dirección General de Migración en coordinación con la Procuraduría General de la República, pone al descubierto una preocupante realidad sobre las vulneraciones de derechos que durante décadas pudieron afectar a miles de ciudadanos dominicanos.

La medida, que abarca registros y alertas migratorias acumulados desde 1990, evidencia la permanencia de mecanismos administrativos que restringían la libertad de tránsito de las personas sin contar con una orden emitida por una autoridad judicial competente.

El levantamiento de estas restricciones representa un paso importante para corregir irregularidades que se prolongaron durante años dentro de los sistemas de control migratorio y que pudieron impedir que numerosos ciudadanos viajaran al extranjero, aun cuando no existiera una decisión judicial que justificara semejante limitación.

La situación también plantea interrogantes sobre la forma en que se establecieron esos impedimentos, las razones por las que permanecieron vigentes durante tanto tiempo y la responsabilidad de las instituciones que permitieron que continuaran registrados sin el debido respaldo legal.

Uno de los aspectos más preocupantes es la posibilidad de que una parte considerable de los afectados desconociera que figuraba en los sistemas migratorios con una restricción de salida.

En muchos casos, los ciudadanos pudieron haber ignorado que sus nombres estaban asociados a una alerta que eventualmente les impediría abandonar el territorio nacional.

Esta situación resulta especialmente delicada porque una prohibición de salida no constituye un simple trámite administrativo. Se trata de una medida que afecta directamente la libertad de tránsito, reconocida como un derecho fundamental, y que puede alterar la vida personal, familiar, laboral y económica de quienes resulten afectados.

La existencia de restricciones sin una orden judicial válida constituye, por tanto, un asunto que trasciende el ámbito migratorio y obliga a examinar el respeto de las garantías constitucionales en el funcionamiento de las instituciones públicas.

 INICIATIVA DEL DIRECTOR GENERAL DE MIGRACION LEE BALLESTER

El hecho de que los registros irregulares se remonten a 1990 revela la necesidad de revisar los procedimientos utilizados durante distintas administraciones para incorporar, mantener y actualizar las alertas que impedían a los ciudadanos salir del país.

Sin embargo, gracias a una iniciativa del director general de Migracion vicealmirante Luis Rafael Lee Ballester, se realizó una trabajo coordinado con la Procuraduría general de la República, mas de 56 casos de personas con impedimentos de salida fueron resuletos.

La depuración realizada por Migración abre la oportunidad de evaluar si otras decisiones administrativas adoptadas en el pasado pudieron vulnerar derechos fundamentales y si existen mecanismos suficientes para evitar que prácticas similares vuelvan a repetirse.

La revisión también debe servir para fortalecer los controles internos, establecer responsabilidades cuando corresponda y garantizar que toda restricción a la libertad de tránsito esté debidamente sustentada en una disposición legal y en una decisión de la autoridad competente.

En un Estado de derecho, ninguna institución debe mantener a una persona bajo una restricción que no pueda justificar jurídicamente. La aplicación de controles migratorios, aunque necesaria para el cumplimiento de la ley, no puede convertirse en una herramienta para limitar derechos de manera arbitraria.

El desafío de garantizar los derechos ciudadanos

La eliminación de los impedimentos sin sustento judicial también recuerda otras prácticas cuestionadas durante años, como las denominadas fichas policiales que permanecen asociadas a ciudadanos sin que exista una justificación legal suficiente o una evaluación actualizada de sus antecedentes.

Ambas situaciones reflejan la necesidad de superar procedimientos heredados de épocas en las que las decisiones de las autoridades podían imponerse sin los controles y las garantías que exige una sociedad democrática.

La permanencia de registros de esta naturaleza puede generar consecuencias incluso cuando las personas desconocen su existencia, debido a que la información almacenada en los sistemas oficiales puede afectar trámites, desplazamientos y otras actividades de la vida cotidiana.

Por esa razón, la depuración de las alertas migratorias debe entenderse como parte de un esfuerzo más amplio por modernizar la administración pública, corregir actuaciones irregulares y colocar el respeto a la dignidad humana en el centro de las decisiones estatales.

También resulta fundamental que los ciudadanos dispongan de mecanismos accesibles para conocer si existe alguna restricción legal que les afecte, solicitar información sobre su origen y reclamar su revisión cuando consideren que se ha producido una actuación injustificada.

La coordinación entre Migración y la Procuraduría General de la República para retirar los impedimentos que carecían de respaldo judicial constituye una medida correctiva necesaria. Sin embargo, el desafío institucional consiste en impedir que nuevas alertas sean incorporadas o permanezcan activas sin cumplir los requisitos legales correspondientes.

La depuración de más de 56 mil registros deja una lección esencial: las restricciones a los derechos ciudadanos no pueden mantenerse por inercia administrativa, por errores acumulados ni por decisiones carentes de fundamento jurídico.

Los registros y las alertas migratorias que no contaban con una orden válida de una autoridad judicial competente debían ser eliminados. La protección de la libertad individual y la consolidación de un sistema de derechos exigen que toda actuación del Estado esté sometida a la Constitución, las leyes y los principios de legalidad, transparencia y responsabilidad pública.

 

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